España ha llegado a un acuerdo internacional con Estados Unidos para eliminar la aplicación del Impuesto sobre determinados servicios digitales, comúnmente conocido como “Tasa Google ”, antes de que comience el año 2024.
A cambio, Estados Unidos no impondrá los aranceles que había anunciado si España continuaba cobrando este tributo que grava prestaciones de determinados servicios digitales, como por ejemplo la publicidad e intermediación en línea y transmisión de datos.
Ahora bien ¿qué es la tasa google?¿Por qué va a ser eliminada? Te lo contamos todo a continuación.
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¿Qué es la tasa Google?
La “Tasa Google” es el nombre que se le da comúnmente al impuesto que grava determinados servicios digitales en España. En la ley se denomina Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales.
El objeto de este impuesto en España de naturaleza indirecta son las prestaciones de algunos servicios digitales. Concretamente, hablamos de aquellos con los cuales existe una participación de usuarios que constituye contribución al proceso de creación de valor de la empresa que presta los servicios, a través de los cuales la empresa monetiza las contribuciones de los usuarios.
¿Qué grava la Tasa Google?
La finalidad de la Tasa Google es adaptar el sistema tributario internacional a la actual digitalización de la economía. Para ello, la Tasa Google grava las siguientes prestaciones de servicios:
- Servicios de publicidad en línea: la inclusión, en una interfaz digital, de publicidad dirigida a los usuarios de dicha interfaz
- Servicios de intermediación en línea: la puesta a disposición de interfaces digitales multifacéticas que permitan a sus usuarios localizar a otros usuarios e interactuar con ellos, o incluso facilitar entregas de bienes o prestaciones de servicios subyacentes directamente entre esos usuarios;
- Servicio de transmisión de datos: la transmisión, incluidas la venta o cesión, de los datos recopilados acerca de los usuarios que hayan sido generados por actividades desarrolladas por estos últimos en las interfaces digitales
Tal y como establece la norma, solo se sujetarán al impuesto aquellas prestaciones de servicios digitales que se puedan considerar vinculadas de algún modo con el territorio de aplicación del impuesto, lo que se entenderá que sucede cuando haya usuarios de dichos servicios localizados en ese territorio, que es lo que justifica la existencia del gravamen.
Compromiso de eliminar la Tasa Google antes de 2024
Esta decisión se ha forjado tras un acuerdo suscrito por España con Estados Unidos, Francia, Italia, Reino Unido y Austria, países que junto con España se han comprometido a retirar sus respectivas tasas Google.
La ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero, ha hablado sobre este acuerdo definiéndolo como “acuerdo muy positivo que proporciona seguridad jurídica y certidumbre a nuestro tejido productivo al garantizar que no habrá barreras comerciales a la entrada de productos españoles en el mercado estadounidense”.
En el caso de España, EEUU había impuesto recargos del 25% en los aranceles a productos españoles del sector textil, lo que supone un problema en comercio exterior ya que la industria textil y del calzado es un sector fundamental en la economía española.
Con este acuerdo Estados Unidos se compromete a finalizar la imposición de recargos en los aranceles a productos españoles del sector textil (sombreros, gorros, cinturones y bandoleras, bolsos, calzado, cristalería interior…).
En relación a este sector, Hacienda sostiene que “ese riesgo de más aranceles para sectores fundamentales de nuestra economía como la industria textil o del calzado, entre otras, desaparece”.Tras el acuerdo multilateral de ámbito internacional alcanzado, el siguiente paso es comenzar un periodo transitorio enfocado en la retirada progresiva del también llamado impuesto digital. Este periodo arrancó el 1 de enero de 2022.